Han ocurrido casos de clínicas dentales que sin previo aviso cierran y cortan contacto con sus pacientes. El problema reside en que dichos pacientes están en tratamiento y en ocasiones ya lo habían pagado bien directamente o bien a través de una financiera y con el cierre se encuentran con el servicio sin prestar, y con los pagos pendientes o el dinero perdido. ¿Vías para reclamar? ➢ Quejas ante Consumo: Puede formular una reclamación ante los organismos de consumo aportando copia de cualquier documento (contrato, factura, presupuesto etc.) que pueda servir como prueba de lo que se reclama. Desde estos organismos se intentará una intermediación con la empresa a fin de alcanzar una solución voluntaria. Los organismos de consumo competentes son la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) más cercana a su domicilio, o bien, en la Dirección General de Comercio y Consumo de su Comunidad Autónoma, junto con una copia de cualquier documento (contrato, factura, presupuesto etc.) que pueda servir como prueba de lo que se reclama. ➢ Quejas ante Sanidad: Si la reclamación versa sobre prácticas ilícitas, el paciente podrá presentar una reclamación por escrito ante la Consejería de Sanidad correspondiente para alertar a ➢ Quejas ante la Agencia Española de protección de Datos (AEPD): En el caso de que no puedan ejercer su derecho de acceso o la Historia Clínica, se niegue/dificulte su entrega, se puede ➢ Vía civil: Los pacientes podrán instar reclamaciones de responsabilidad civil como consecuencia de los daños y perjuicios ocasionados por una mala praxis profesional. Para ello, deberá contactar con un abogado que le pueda asesorar en la materia con el fin de estudiar la viabilidad de su reclamación y presentar la correspondiente demanda. A este respecto, es conveniente conocer que en los distintos Colegios de Abogados puede informarse acerca de los servicios de asistencia jurídica gratuita contemplados para aquellas personas que no tengan suficientes recursos económicos y reúnan los requisitos legales exigidos. ¿Cómo puedo acceder mi historia clínica? ¿Custodia de las Historias clínicas de los centros sanitarios? ¿Cómo puedo paralizar la financiación del tratamiento dental que no estoy recibiendo? • Créditos vinculados: son aquellos que se suscriben con intermediación de la propia clínica y que la entidad financiera abona directamente a esta última con el fin de le prestación del servicio. ¿Qué control puede realizar la Organización Colegial con respecto a las clínicas dentales y ante un escenario de cierre de una clínica? Los Colegios únicamente tienen competencias deontológicas frente a estas empresas cuando se constituyen como sociedades profesionales, lo que en la práctica apenas ocurre. Por ello, el Asimismo, la competencia de inspección y control de centros sanitarios (clínicas dentales) recae en las respectivas Consejerías de Sanidad de cada Comunidad Autónoma, sin que la Organización Colegial tenga funciones en esta materia para poder controlar lo que ocurre en estos centros más allá que la actuación individual del dentista. No obstante, desde este Consejo General y los Colegios se ha venido avisando y solicitando el control por parte de la Administración de las clínicas dentales y su gestión ante el cierre de muchas de ellas. En cualquier caso, desde los Colegios y el propio Consejo nos ponemos a disposición de los profesionales y los pacientes al fin de ofrecerles toda la información necesaria ante este tipo de situaciones. Más info en: https://consejodentistas.es/recomendaciones-del-consejo-general-de-dentistas-ante-el-cierre-repentino-de-una-clinica-dental/ | ![]() |