Informamos que de acuerdo con la Ley 26/2015, de 28 de julio, (BOE 29-7-2015), de modificación del sistema de protección a la infancia y adolescencia, (modifica el artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del menor, incorporando el apartado 5) se requiere la posesión de un certificado negativo de delitos de naturaleza sexual a los profesionales que trabajen con niños. Dicho certificado puede solicitarse en persona en el Ministerio de Justicia, o con certificado digital, a través de la página web de dicho Ministerio (www.mjusticia.gob.es). En Valencia en la Gerencia Territorial de Justicia c/ Hernan Cortes, 24 entl. Teléfono: 96 394 3558. El modelo de solicitud (790), se puede descargar de dicha página web. Más info en: http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/registro-central-delincuentes Recordamos que la Ley expresa literalmente que «Será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.»
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