Tras las recientes informaciones sobre la investigación a una odontóloga que presuntamente realizaba tratamientos de medicina estética en centros no sanitarios de la Ribera, el Ilustre Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de Valencia (ICOEV), recuerda que los odontólogos pueden realizar tratamientos de infiltración con ácido hialurónico en el tercio inferior facial ya que se trata de una zona anatómica sobre la que tienen atribuciones reconocidas por la legislación que regula la actividad de Odontología en España (RD 1594/1994 y Ley 10/1986). El aumento de labios así como cualquier tratamiento con infiltración de ácido hialurónico que se desarrolle en el tercio inferior facial está permitida por la ley vigente pero además se trata de una práctica reconocida por la Conselleria de Sanitat al colectivo de odontólogos y que, a su vez, cuenta con consenso interprofesional sanitario. Así lo refleja el manifiesto conjunto de febrero de 2023 (recientemente renovado) entre el Consejo General de Dentistas de España y el Consejo General de Médicos en el que ambos colectivos se reconocen como los únicos profesionales con atribuciones para el uso de hialurónico en sus respectivos campos de actuación. Finalmente, desde el ICOEV, también se recuerda que el odontólogo debe ejercer su actividad en centros sanitarios con oferta asistencial U44 Odontología y estar debidamente colegiado.
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