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AMPLIACIÓN SUBIDA DEL IVA DE PRODUCTOS SANITARIOS AL 21% Y EXCEPCIONES AL 10%

El IVA de los productos sanitarios se incrementará del 10 al 21% a partir del próximo 1 de enero en cumplimiento de la reciente Ley 28/2014. Debido a la falta de concreción del texto no pudimos aclararos la subida o no de determinados productos.

Pues bien, después de la aclaración del Consejo General de hoy os informamos que en líneas generales los productos dentales a los que se seguirá aplicando el tipo de IVA reducido del 10% son aquellos que permanecen en la boca después de ser utilizados por el odontólogo. Es decir estamos hablando de productos tipo: adhesivos y cementos, composites, puntas de gutapercha, implantes dentales, etc. Como línea general se subirá al 21% productos sanitarios que una vez utilizados por el dentista no permanezcan en la boca del paciente. Es decir, aparatología dental (motores,contra ángulos, turbinas…), material desechable (batas, paños, guantes, jeringas…), instrumental (fresas, fórceps, pinzas…), material de profilaxis (radiografía, impresión dental…).

Finalmente, os recordamos que los medicamentos de uso humano sí mantendrán su tributación al 4% pero es posible que algunos aumenten precio debido al aumento del IVA de su materia prima.

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