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Condenan a un protésico por ejercer de dentista en Gandia tras la denuncia del ICOEV

La Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado por un delito de intrusismo profesional al protésico dental E. B. por tratar pacientes, en su taller protésico D. B., ubicado en  Gandia pese a no disponer del necesario título de dentista.

El propietario de este laboratorio de prótesis fue descubierto y denunciado por el Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de Valencia (ICOEV) tras comprobar los hechos denunciados por testimonios recibidos. Los hechos se remontan a 2012 cuando el falso dentista trató a un paciente. El intruso diagnosticó al paciente, le tomó medidas sobre la boca y le colocó una prótesis esquelética a pesar de carecer de la titulación académica legalmente exigida por la Ley 10/1986, es decir el título de médico estomatólogo o odontólogo.

Según recuerda el presidente del ICOEV, Enrique Llobell, en ningún caso el protésico dental puede tocar la boca de un paciente y por tanto prestar una asistencia dental. Llobell es claro al respecto, “es muy sencillo, al igual que un fabricante de prótesis de cadera ni toma medidas al paciente ni le coloca la misma, en el caso del protésico dental es lo mismo es un fabricante de prótesis y ni puede tener contacto asistencial con el paciente”.

intruso gandia 2

En este caso el paciente fue atendido en el taller protésico y junto a una ventana con la persiana bajada del laboratorio, un local sin los controles ni las garantías sanitarias adecuadas. En opinión del presidente de los dentistas valencianos, sin duda este tipo de actuaciones implican un serio peligro para la seguridad de los pacientes ya que al no reunir ningún tipo de medida de control sanitario tanto del local como por parte del intruso, el paciente se expone a contagios de todo tipo de enfermedades como podría ser SIDA, Hepatitis, etc. Todo ello sin entrar en los severos daños que puede ocasionar en un paciente una mala colocación o ajuste de una prótesis dental.

Llobell reivindica el papel de los protésicos como pieza fundamental de la Odontología pero en el sitio que les corresponde de acuerdo con la legislación española, es decir fabricando las prótesis previa prescripción del facultativo sin que en ningún caso, tome medidas, diagnostique o coloque la prótesis, funciones reservadas para los odontólogos.

Los hechos juzgados se remontan a 2012 y fue en 2016 cuando el Juzgado Penal 1 de Gandía ya dictó sentencia condenatoria con el falso dentista quien posteriormente la recurrió ante la Audiencia y logró una rebaja de la pena a la mitad por el prolongado retraso judicial del proceso. Inicialmente el Sr. Belda fue condenado a 3.600€ de multa más las costas que posteriormente se ha fijado en 1.800€ más costas.

Desde el ICOEV se recomienda a la ciudadanía corroborar que el profesional que presta la atención bucodental es un dentista colegiado, tanto a través de su web (www.icoev.es) como del buscador nacional (www.guiadentistas.es) dado que lo contrario además de ser delito implica un serio riesgo para la salud del paciente. En ese sentido Llobell considera que la colaboración ciudadana y de las instituciones es fundamental para luchar contra la lacra del intrusismo que afecta a las profesiones sanitarias y especialmente a los pacientes.

 

Condenan a un falso dentista por tratar pacientes en su clínica de Patraix (Valencia)

El Juzgado de lo Penal 8 de Valencia ha condenado por un delito de intrusismo profesional al protésico dental G. J. Q, por tratar pacientes, en su clínica ubicada en el barrio de Patraix (Valencia) pese a no disponer del necesario título de dentista.

El propietario de esta clínica de Patraix fue descubierto y denunciado por el Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de Valencia tras recibir varios testimonios. Además de la investigación colegial dos pacientes manifestaron que el acusado participó en su tratamiento lo que supone un delito penal. En su sentencia, su señoría considera probados los hechos y le condena a una multa de 2.880€ y el pago de las costas procesales por la comisión de un delito de intrusismo profesional recogido en el artículo 403 del Código Penal.

El acusado negó los hechos argumentado que sólo ejercía funciones de gerente y de financiación sin embargo tanto los testimonios de los pacientes como la investigación del ICOEV contradijeron dicha versión.

 

La querella presentada por el ICOEV se produjo en 2013 y las actuaciones ilegales sobre los pacientes se produjeron a partir de en 2010. Desde entonces la clínica, propiedad del falso dentista, ha permanecido abierta con total normalidad.

El presidente del Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de Valencia, Enrique Llobell, recuerda la extrema gravedad de los casos de intrusismo ya que lo que está en juego es la salud de los pacientes tal y como se ha demostrado en este caso. Llobell también se muestra preocupado por el hecho en que a pesar de la gravedad de los hechos la clínica permanezca abierta y la Administración no tome más medidas para salvaguardar la seguridad de los pacientes.

Desde el ICOEV se recomienda a la ciudadanía corroborar que el profesional que presta la atención bucodental es un dentista colegiado, tanto a través de su web (www.icoev.es) como del buscador nacional (www.guiadentistas.es) dado que lo contrario además de ser delito implica un serio riesgo para la salud del paciente. En ese sentido, Llobell considera que la colaboración ciudadana y de las instituciones es fundamental para luchar contra la lacra del intrusismo que afecta a las profesiones sanitarias y especialmente a los pacientes.

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